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Rafael Guerra González, abogado El art. 17 de la Ley 3/2020 establece la dispensa del uso de toga hasta el 20 del próximo mes de junio. El autor, tras resaltar la notable turbidez semántica de esta norma, se pregunta ¿A qué actuaciones orales y audiencias públicas se refiere? ¿Las “partes” están dispensadas del uso de toga o sus abogados? ¿La disparidad de atuendos e incluso la ausencia total de togas afectarán a las esencias del proceso?
PDF) La ética en el ejercicio profesional de la abogacía
Redacción General, autor en Abogacía Española - Página 184 de 351
Mª Eugenia Parra (@MEParrajimenez) / X
SOBRE LA TOGA - M&R Abogados
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Abogado para Familias ¿Por qué se usa la toga en los juicios?
La inconsistente obligación de usar toga - Abogacía Española
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artículos - LA TOGA